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Militarización: no es lo mismo, pero es igual

19 Mayo 2020

Militarización: no es lo mismo, pero es igual

Autor: 
Martha Tagle

No es lo mismo, pero es igual y puede ser peor. El acuerdo publicado por el presidente en el Diario Ocial de la Federación el pasado 11 de mayo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública no es lo mismo que se estableció en la reforma constitucional sobre la Guardia Nacional, pero es igual al modelo de seguridad fallido de los últimos 12 años, y puede ser peor ya que contraviene la determinación de la SCJN y de la CIDH sobre la subordinación de las fuerzas armadas a mandos civiles.

Cuando Felipe Calderón decidió optar por sacar al ejército a las calles, apenas unos días después de tomar posesión en diciembre del 2006, no se midieron los alcances de la llamada “guerra contra las drogas”. Desde entonces se advirtieron los riesgos que hoy han quedado demostrados. Las cifras de personas asesinadas y desaparecidas durante estos 12 años son comparables con cualquier guerra moderna con más de 61 mil personas desaparecidas, más de 250 mil homicidios y 3.631 fosas clandestinas descubiertas desde 2006. Cifras a las que se suman miles de historias de dolor, desesperación y búsqueda permanente en la que se encuentran familias que fueron tocadas por esta estrategia fallida.

El modelo militar para garantizar la seguridad pública no es la solución al problema, las fuerzas armadas en México y el mundo están hechas para la guerra no para hacer funciones de policía. Lo que hoy tenemos en medio de la discusión pública es la misma estrategia militar fallida de los últimos 12 años. Desde entonces se han impulsado diferentes acciones para incrementar la presencia de las fuerzas armadas en las tareas de seguridad pública, pasando por las reformas de Calderón en 2008, la ley de seguridad interior de Peña Nieto decretada como institucional por la SCJN, la discusión y aprobación de la reforma constitucional y leyes secundarias de la Guardia Nacional, y el reciente acuerdo publicado en medio de la emergencia sanitaria.

En el texto “normalizar la militarización” publicado por reconocidos especialistas en la revista Nexos, analizan el acuerdo y señalan las violaciones a principios establecidos en la constitución y en la jurisprudencia de la CIDH: el acuerdo no justica el carácter excepcional, temporal y restringido a lo estrictamente necesario de la intervención de las fuerzas armadas en las circunstancias del caso; no subordina a las fuerzas armadas a las corporaciones civiles, además de que extiende sus labores a facultades propias de las instituciones de procuración de justicia o policía judicial o ministerial; remite a mecanismos y protocolos inadecuados sobre el uso de la fuerza y no establece ningún tipo de capacitación en la materia; no contempla mecanismos de scalización por órganos civiles competentes, independientes y técnicamente capaces.

El acuerdo puede y debe ser reconsiderado, ya sea por quienes lo promovieron o por acciones legales para impugnarlo ante la SCJN, pues aunque se ha fundamentado en el artículo quinto transitorio de la reforma Constitucional que dio origen a la Guardia Nacional, no es verdad que le presidente pueda hacer uso discrecional de la fuerza armada permanente pues, como el propio artículo transitorio lo señala, debe ser de manera extraordinaria, regulada, scalizada subordinada y complementaria con la Guardia Nacional. Estas condiciones corresponden a estándares obligatorios de la CIDH quien reiteró que, como regla general, el mantenimiento del orden público interno y la seguridad ciudadana deben estar, en primer lugar, reservados a cuerpos policiacos civiles.