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Golpazo por 'aviadores' en Guadalupe, Zacatecas

5 Mayo 2016

Golpazo por 'aviadores' en Guadalupe, Zacatecas

Autor: 
Juan Castro

Zacatecas, Zac
La administración municipal de Guadalupe, encabezada por Roberto Luévano Ruiz, deberá resarcir la cantidad de seis millones 826 mil 142.87 pesos del ejercicio fiscal 2014, siendo más de un millón de pesos por pagos a 127 "aviadores".
Así lo determinó la Auditoría Superior del Estado en la revisión de la Cuenta Pública 2014, a la que se dio lectura en el pleno de ayer martes. De los recursos observados, se tiene la cantidad de 84 mil 620.00 pesos relativo a la omisión de ingresos que se obtienen por diferentes conceptos establecidos en la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal del año 2014 en la Delegación de Tacoaleche.
Además falta de comprobación fiscal de las erogaciones efectuadas con dicho recurso, además por no haber exhibido evidencia documental que justifiquen la aplicación de los mismos en actividades propias de la Delegación de Tacoaleche.
La cantidad de un millón 666 mil 791.90 pesos relativo a la falta de evidencia documental fehaciente que compruebe y justifique la situación que guardan 127 personas que no cuentan con registro de asistencia y su relación laboral con el municipio no es clara, por lo que las erogaciones realizadas se consideran improcedentes, ya que no se demostró fehacientemente que desempeñaron un servicio personal subordinado a la Administración Municipal durante el ejercicio 2014.
La cantidad de 222 mil 862.00 pesos en virtud de que se realizaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos bajo los conceptos de ayudas sociales, gastos de orden social, otros gastos por responsabilidades y penas multas y accesorios, que no se justifican, en virtud de que no se comprueba la aplicación del gasto en actividades propias del municipio, asimismo en algunos casos la entidad no exhibió el comprobante fiscal correspondiente que permita soportar adecuadamente las erogaciones.
Por el orden de 23 mil 881.98 pesos relativo a que se realizaron erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos por multas y recargos, derivados de negligencia o descuido en el manejo y administración de los recursos, sin que estén debidamente documentadas.
Por la cantidad de 180 mil 599.79 pesos en relación a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no se justifican en virtud de que no se comprueba la aplicación del gasto en actividades propias del Patronato de la Feria, asimismo en algunos casos la entidad no exhibió el comprobante fiscal correspondiente que permita soportar adecuadamente las erogaciones, ni se exhibió copia certificada del anverso y reveso de los cheque observados para corroborar su correcto cobro y tener la certeza que los prestadores de bienes y/o servicios recibieron dicho recurso.
Por el orden de 304 mil 100.00 pesos en relación a erogaciones realizadas por concepto de Presentación de Grupos Musicales Locales, Ballet Folclórico, Mago Marduck y Conducción de Eventos Feriales, del cual no se anexaron los comprobantes con requisitos fiscales, y/o en su caso los documentos que respalden la retención realizada por concepto de Impuesto Sobre la Renta, así como evidencia fotográfica de la presentación de los mismos, por lo que no se justifica la aplicación de los gastos en actividades de la Feria 2014.
Por la cantidad de un millón 892 mil 985.24 pesos en virtud de que se detectó que el ente auditado realizó pagos de pasivos de ejercicios anteriores, de los cuales no se presenta la comprobación fiscal idónea que las respalden, así mismo en algunos casos no se exhibió la evidencia documental que justifique la aplicación de los recursos públicos en actividades propias del municipio.
Por la cantidad de 111 mil 519.19 pesos en relación a que el ente auditado realizó préstamos personales durante el ejercicio en revisión que no cuentan con pagaré, además lo correspondiente a un préstamo que aún y cuando cuenta con pagaré, éste se encuentra vencido, por lo que no se garantiza la recuperación por la vía legal de los préstamos otorgados.
Por el orden de 708 mil 740.93 pesos relativo a la falta de evidencia documental respecto a la puesta en práctica del Sub Programa Fomento al Autoempleo por un importe de 701 mil 010.77 pesos, consistente entre otros documentos en: reportes fotográficos, actas de entrega - recepción y constancias de cada uno de los beneficiarios por la recepción de los equipos solicitados, así como de la diferencia de los siete mil 730.16 de la Capacitación para el Autoempleo, incluyendo además, la evidencia documental del reintegro de recursos a la cuenta bancaria número 7005/8097282 Banamex aperturada a nombre del municipio de Guadalupe, Zac., por la cantidad de 166 mil 185.54, referente a las diferencias por el total de las aportaciones realizadas hacia el Servicio Nacional de Empleo por parte del Municipio.
Por la cantidad de 980 mil pesos relativo a la expedición de cheques de la Cuenta Bancaria número 8571 de la Institución Financiera Banorte S.A., aperturada a nombre del municipio de Guadalupe, Zac., denominada Mejoramiento a la Vivienda Social 2013, debido a que no se presentó la totalidad de la documentación técnica y social consistente en Actas de Entrega - Recepción, debidamente requisitadas y conformadas en los expedientes unitarios de cada uno de los beneficiarios del Programa que evidencien el destino y aplicación de los recursos erogados por la cantidad total de 980 mil 000.00 pesos.
Por la cantidad de 223 mil 893.86 pesos por la expedición de la Cuenta Bancaria número 632384128 de la Institución Financiera Banamex, S.A., aperturada a nombre del municipio de Guadalupe, Zac., denominada Programa Proyectos de Desarrollo Regional 2014, del cheque número 01 de fecha 31/12/2014 a nombre del contratista Grupo IVHSA, S.A. de C.V., por la cantidad de 223 mil 893.86 pesos, de lo cual no se presentó el soporte documental correspondiente consistente en la(s) factura(s) que sustenten las erogación realizada, las cuales deben contener los requisitos fiscales que establecen los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2014, así como la documentación técnica consistente en estimaciones de la obra, reportes fotográficos, bitácora de obra, números generadores y Acta de Entrega Recepción, que evidencien el destino y aplicación de los recursos erogados para la ejecución de la obra. Por la cantidad de 230 mil 389.59 pesos por conceptos pagados no ejecutados en la obra denominada "Parque Deportivo y Recreativo Campo Real 1ra.
Etapa (construcción), Cabecera Municipal", realizada con recursos del Programa Municipal de Obras.
Por el orden de 120 mil 949.13 pesos por materiales pagados no aplicados en la obra denominada "Adquisición de pétreos y elaboración de mezcla con cemento asfaltico producto de la donación DDS, Guadalupe, Zacatecas", realizada con recursos del Programa Municipal de Obras.
Por el orden de 54 mil 060.80 pesos por registrar precios unitarios superiores a los que se utilizan en el mercado en la obra denominada "Parque Deportivo recreativo Villas del Monasterio, cabecera Municipal", realizada con recursos del Programa Rescate a Espacios Públicos.
Por la cantidad de 10 mil 691.84 pesos correspondiente a precios unitarios superiores a los que se utilizan en el mercado en la obra "Construcción de 528.0 m2 en 44 cuartos en 44 viviendas de la comunidad de Tacoaleche", realizada con recursos del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias.
Por el orden de 10 mil 056.62 pesos correspondientes a precios unitarios superiores a los que se utilizan en el mercado en la obra "Construcción de 830.12 m2 de techo de losa en 23 viviendas, construcción de 19.17 m2 de muro de firme y reforzamiento en 301.70 m2 de muro, construcción de 11 baños, construcción de 132.0 m2 en 11 cuartos en viviendas; construcción de 72.94 m2 de piso firme en dos viviendas, en la comunidad de San Jerónimo",, realizada con recursos del Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias.