Inicio > Replica de medios > El derecho al cuidado

El derecho al cuidado

3 Noviembre 2020

El derecho al cuidado

Autor: 
Martha Tagle

Desde que nacemos hasta que morimos, las personas necesitamos cuidados, esto significa realizar todas las tareas en torno a preparar la comida y alimentarse; bañarse, cepillarse los dientes y toda la higiene personal; limpiar la casa, fregar los trastes sucios, lavar y planchar la ropa; hacer las compras del mercado y cuidar las mascotas; educarnos y formar buenos hábitos; cuidarnos cuando enfermamos; y también tiempo libre, dormir, descansar, divertirnos, apapacharnos y compartir las vivencias del día a día.

Cuidados significa también atender las necesidades de las personas en diferentes etapas de su vida en especial la niñez, adolescencia y adultas mayores, así como de las personas con discapacidad, buscando su propio desarrollo, así como dar cuidados paliativos a quienes padecen una enfermedad grave. Los cuidados son tareas esenciales para que todas las personas podamos desarrollarnos plenamente. Además, si las personas no contáramos con los cuidados simplemente no existiría la economía y el trabajo productivo.

La emergencia sanitaria por COVID ha puesto de relevancia el papel de los cuidados para hacer frente a la contingencia, pues el confinamiento y otras medidas tomadas por las autoridades se han sostenido gracias a que hay personas, casi exclusivamente mujeres, que se han hecho cargo de cuidar a personas enfermas, realizar las tareas que requiere la educación a distancia, y proporcionar lo necesario para quedarnos en casa.

Todas estas tareas han sido poco valoradas y reconocidas, recaen fundamentalmente en las mujeres: esposas, madres, hijas, abuelas, tías, amas de casa. Son un trabajo invisible, no remunerado, que se sigue considerando casi parte de la naturaleza de las mujeres y limitan su acceso a oportunidades en otros ámbitos, sea el mercado laboral asalariado, el esparcimiento o el autocuidado. Esta organización social de los cuidados resulta un eje de reproducción y de profundización de la desigualdad.

En razón de ello, en la Cámara de Diputados hemos iniciado el camino para reconocer que todas las personas tenemos derecho al cuidado y que éste es primordial en la vida de todas las personas, en todas las etapas del ciclo de vida e indispensable para alcanzar un pleno desarrollo.

Esta reforma puede ser una de las más trascendentes en la legislatura de la paridad, pues buscaría atender las desigualdades de género desde su origen. Por ello es imprescindible, por una parte, se visibilice el trabajo de cuidado y reconozca que es un problema público y no exclusivo de las mujeres. Hacer visible el aporte histórico de las mujeres en estas actividades humanas, requiere de un enfoque que considere a la división sexual del trabajo como concepto clave para comprender la desigualdad y la discriminación que permea en las labores domésticas y del cuidado.

Por otra parte, el tema de los cuidados ha sido considerado social y culturalmente como una responsabilidad que atañe únicamente a cada familia y a los arreglos que se dan dentro del espacio doméstico. Por ello, es necesario establecer que corresponde al Estado garantizar las condiciones necesarias para el ejercicio del derecho al cuidado digno, y para su reconocimiento, valoración y remuneración justa, a través del establecimiento de un Sistema Nacional de Cuidados que tendrá como principio rector la corresponsabilidad. El Estado, bajo el principio de corresponsabilidad, deberá generar un marco legal y políticas públicas que propicien una redistribución de las tareas de cuidado entre el Estado, la comunidad y el mercado, y entre las familias y entre mujeres y hombres, para superar la histórica y desigual división sexual del trabajo.

Reconocer el derecho al cuidado es la base para seguir construyendo relaciones igualitarias y nos beneficia a toda la sociedad.