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Elecciones materia del Legislativo, Secretaría de Economía carece de facultades: Diputados Ciudadanos

27 Mayo 2020

Elecciones materia del Legislativo, Secretaría de Economía carece de facultades: Diputados Ciudadanos

  • Las y los Diputados de Movimiento Ciudadano reiteramos que el Congreso de la Unión es el único facultado para reglamentar procesos vinculados a la materia electoral, y que el INE y los organismos públicos locales según el artículo 41 constitucional son los únicos encargados de la función estatal de organizar elecciones
  • El aviso de consulta pública al Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-CC-54001-IMNC-2019, que tiene por objeto especificar los requisitos para un sistema de gestión de la calidad en la organización electoral, violenta las facultades y autonomía constitucionales del INE
  • El Instituto Mexicano de Normalización y Certificación, no es competente para solicitar una consulta de esta índole, por lo que externamos nuestro extrañamiento sobre el hecho de que la Secretaría de Economía a cargo de Graciela Márquez haya firmado y enviado a publicación oficial dicho aviso

Las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados expresamos nuestro rechazo y preocupación tras la publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaría de Economía el día 22 de mayo de 2020, con el objeto de establecer “un sistema de gestión de la calidad en la organización electoral” recordando que la Secretaría de Economía carece de toda facultad para establecer reglas en materia electoral.

Las facultades reglamentarias delegadas a esta Secretaría de Estado se encuentran restringidas a su ámbito de actuación delimitado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes secundarias aplicables a sus procesos, por lo que está impedida en particular a reglamentar procesos electorales a cualquier nivel de Gobierno, toda vez que estos están delimitados en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como en las determinaciones que toma el Pleno del Instituto Nacional Electoral (INE).

Es importante precisar que cualquier modificación tanto en la organización, reglas o procesos debe ser realizada en la Constitución o Leyes secundarias vinculadas a la materia electoral, facultad que corresponde única y exclusivamente al Congreso de la Unión.

Actualmente el Instituto Nacional Electoral como organismo autónomo constitucional tiene sus facultades y obligaciones señaladas en las mismas normas vigentes y estas no pueden ser modificadas o consultadas por un Decreto que carece de toda atribución o legalidad.

Por tal razón y en aras de contribuir a los principios constitucionales y conforme a las atribuciones contenidas en la misma, exhortamos a la Secretaría de Economía y al Instituto Mexicano de Normalización y Certificación a solicitar que quede sin efectos dicha publicación ya que todo lo relacionado a la organización electoral y a la participación ciudadana en procesos electorales, son atribuciones exclusivas del Congreso de la Unión y del Instituto Nacional Electoral.

 
Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano