Fecha:
09/Marzo/2017
Reintegro de costo de boleto de avión
Tipo:
Iniciativa
Turno:
Transportes
Numero de gaceta:
4734-V
Periodo:
Segundo
Adiciona el artículo 42 Bis de la Ley de Aviación Civil
Usuarios de servicios aéreos tendrán derecho a que se le reintegre el costo de la tarifa cobrada, cuando por cualquier razón no haya abordado la aeronave
Estatus
Aprobado
Impulsada por:
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