Fecha:
21/Febrero/2017
Incrementar a quince días el periodo anual de vacaciones
Tipo:
Iniciativa
Turno:
Trabajo y Previsión Social
Numero de gaceta:
4721-III
Periodo:
Segundo
Reforma el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo
Trabajadores disfrutarán de un periodo anual de vacaciones de quince días, que aumentará un dia por cada año laborado, hasta llegar a veinte
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