Fecha:
10/Abril/2024
Supervisión del personal de centros de asistencia para menores de edad
Tipo:
Iniciativa
Turno:
Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia
Numero de gaceta:
6489-II-6
Periodo:
Segundo
Que reforma los artículos 110 y 111 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para establecer que todo el personal de los centros de asistencia social deberá estar permanentemente capacitado de forma especializada respecto de sus funciones, y serán supervisados por la autoridad competente que autorizó el centro.
Supervisión y evaluación del personal de los centros de asistencia social para así salvaguardar los derechos de las niñas, niños y adolescentes que las habitan.
Estatus
Turnada
Impulsada por:
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