Fecha:
15/Diciembre/2021
Garantizar los derechos alimentarios de las personas concubinas
Tipo:
Iniciativa
Turno:
Comisión de Justicia
Numero de gaceta:
5924-VII
Periodo:
Primero
Que reforma y adiciona el artículo 302 del Código Civil Federal, para establecer que la persona concubina, una vez que haya presentado los medios probatorios que indiquen la existencia del concubinato, podrá exigir los derechos alimentarios a quien fue su pareja, aún cuando éste se encuentre unido en matrimonio civil con otra persona.
Las personas concubinas podrán exigir derechos alimentarios a quien fue su pareja, aún cuando ésta se encuentre unida en matrimonio civil con otra persona.
Tema
Justicia
Estatus
Turnada
Impulsada por:
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