Fecha:
05/Febrero/2020
Conducta ejemplar como obligaciones de los servidores públicos.
Tipo:
Iniciativa
Turno:
Comisión de Gobernación y Población.
Periodo:
Segundo
Que adiciona el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Dentro de las obligaciones los servidores públicos está el observar una conducta ejemplar de ahí que el cometer violencia de género constituya una razón de peso, por ello se propone considerar como falta grave los hechos que denoten la omisión de los principios deontológicos del servicio público y sobre todo por la evidente violación a los derechos humanos de las mujeres.
Estatus
Turnada
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