Fecha:
05/Abril/2020
Prisión al que cometa robo en lugares o establecimientos destinados a actividades comerciales por emergencia sanitaria.
Tipo:
Iniciativa
Turno:
Comisión de Justicia
Numero de gaceta:
5494-V
Periodo:
Segundo
Que adiciona el artículo 381 Bis del Código Penal Federal, en materia de sanciones a quien cometa robo en lugares o establecimientos destinados a actividades comerciales por emergencia sanitaria.
Reforzar la seguridad pública en la entidad y que a su vez se aumentarán las penas privativas de la libertad a todo aquel que cometa algún siniestro en comercios, por la pandemia que azota a la nación.
Estatus
Turnada
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