Fecha:
13/Diciembre/2023
Derechos de los trabajadores portuarios
Tipo:
Iniciativa
Turno:
Comisión de Trabajo y Previsión Social
Numero de gaceta:
6426-II-6
Periodo:
Primero
Que reforma los artículos 258 y 272 y adiciona un artículo 265 Bis a la Ley Federal del Trabajo, a fin de garantizar los derechos laborales de los trabajadores portuarios.
Los trabajadores portuarios tendrán derecho al goce de la estabilidad en el empleo y todas las prestaciones derivadas de la Ley y los Contratos Colectivos de Trabajo.
Tema
Derechos humanos
Estatus
Turnada
Impulsada por:
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