Fecha:
10/Julio/2024
Conciliadores laborales deberán estar certificados
Tipo:
Iniciativa
Turno:
Comisión de Trabajo y Previsión Social
Numero de gaceta:
6573-I
Periodo:
Segundo
Que reforma la fracción IV del artículo 684-G de la Ley Federal del Trabajo, en materia de certificación de las personas conciliadoras.
Establecer que para desempeñar el cargo de persona conciliadora se deberá contar con certificación en conciliación laboral o mediación y mecanismos alternativos de solución de controversias.
Tema
Justicia
Estatus
Turnada
Impulsada por:
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