Fecha:
24/Agosto/2016
Proteger los derechos de los indígenas
Tipo:
Iniciativa
Turno:
Puntos Constitucionales
Numero de gaceta:
4607
Periodo:
Segundo
Reforma diversas disposiciones del artículo 2° de la Constitución para el reconocimiento de las comunidades indígenas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propios.
Reconocimiento de las comunidades indígenas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propios.
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