Reelección
Hace unos días publiqué en redes sociales mi decisión de no postularme para la reelección como diputada federal, lo que generó comentarios diversos. No me centraré en responder a quienes piensan que los legisladores de representación proporcional no pueden o no deberían reelegirse, ni en los lineamientos para regularla, sino profundizar en las razones que me llevan a sostener que, como está diseñada, la elección consecutiva no sirve para la rendición de cuentas o la profesionalización de la Cámara, sino que fortalece las disciplinas partidistas.
“Sufragio efectivo, no reelección” es una de las consignas de la Revolución Mexicana que quedaron grabadas en nuestro ADN y que se reforzó a lo largo del siglo XX como parte de los valores cívicos que nos identifican. La no reelección fue el acicate para evitar los ánimos autoritarios que motivaron, incluso a los más venerados próceres y a los más odiados enemigos de la República, a prolongar por varios periodos su mandato a fin de concretar su proyecto de nación.
A nivel presidencial, la reelección se prohibió en el constituyente de 1917, aunque resurgió brevemente en 1927 en el período del entonces presidente Plutarco Elías Calles, hasta ser abolida en 1933 cuando el Partido Nacional Revolucionario (PNR) propuso la reforma al 83 constitucional para impedir, de manera definitiva, la reelección presidencial y, de paso, prohibir en el 59 y 116 la elección consecutiva de legisladores federales y locales.
El argumento central para la no reelección fue que el continuismo había limitado que se expresara la voluntad del pueblo mediante el sufragio, restándole efectividad. Mientras que la prohibición de la reelección de legisladores obedeció a un intento de la élite política revolucionaria por centralizar el poder que estaba disperso en innumerables grupos locales y contrarrestar el poder de los cacicazgos. Lo cierto es que, aunque no hubiera elección consecutiva de legisladores, los vimos pasar de una cámara a otra, regresar a la de origen y luego, a partir de los años noventa, con más partidos, incluso ir de un partido a otro, sin que esto contribuyera a la profesionalización de la cámara.
A lo largo de la historia hubo diferentes intentos para reformar la constitución y fue en la reforma política del 2014 que se permitió la elección consecutiva, hasta por doce años, de legisladores federales y locales, así como de alcaldes.
Entre los argumentos que acompañaron esta reforma se encuentra que: la elección consecutiva de legisladores contribuiría a una mayor profesionalización de las cámaras; se podría impulsar y dar seguimiento a proyectos de mediano y largo plazo; legisladores se verían obligados a un ejercicio de rendición de cuentas a fin de que sea la ciudadanía quien valore el trabajo realizado y por lo tanto fortalecería el carácter representativo del Congreso; y que se fortalecería la independencia del Legislativo frente al Ejecutivo.
Sin embargo, en el diseño de esta reforma se mantiene el control político, en este caso, de los partidos políticos. La reforma establece que si un legislador o munícipe busca la reelección tendrá que hacerlo por la misma vía por la que resultó electo la primera vez; es decir, por el mismo partido político o coalición que lo postuló, así que quien define si se puede o no reelegir es el partido.
Así configurada, la reelección está determinada por la “buena” relación del legislador con su partido, no con la ciudadanía. Uno de los temas centrales de la democracia representativa pasa por la democratización de la vida interna de los partidos para que, quienes tienen cargos de elección popular, realmente representen los intereses del electorado y no de las burocracias partidistas. Mientras tanto, las reglas para quienes buscan reelegirse deberían poner cancha pareja con quienes se postulan por primera vez.