Fecha:
04/Abril/2019
Licencias de paternidad para trabajadores del estado y militares
Tipo:
Iniciativa
Turno:
Comisión de Trabajo y Previsión Social
Numero de gaceta:
5223-II
Periodo:
Segundo
Decreto que reforma diversas disposiciones de las Leyes General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; Federal del Trabajo; Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional; y del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, en materia de licencias de paternidad
Otorga licencias de paternidad de dos meses de descanso con goce de suelgo a trabajadores del estado y de las Fuerzas Armadas
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