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Respalda el Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano controversia constitucional al Acuerdo para disponer de las Fuerzas Armadas en actividades de seguridad pública

21 Junio 2020

Respalda el Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano controversia constitucional al Acuerdo para disponer de las Fuerzas Armadas en actividades de seguridad pública

  • La reforma constitucional en materia de Guardia Nacional prevé la consolidación de la nueva institución civil y la desincorporación gradual de las Fuerzas Armadas en la realización continua de tareas de seguridad pública.

 

Para el Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, desde la reforma constitucional en materia de Guardia Nacional se apuntalaron las tres vertientes centrales de este pacto de seguridad: 1) La afirmación de la Guardia Nacional como una institución de carácter civil adscrita a la Secretaría del ramo de seguridad pública bajo una doctrina policial; 2) La redefinición de la seguridad pública como función estatal concurrente incorporando una revigorización desde lo local y, 3) La incorporación de un régimen transitorio mucho más robusto que disciplinaba, como ruta de salida, el empleo de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de forma acotada como reflejo de la expectativa de consolidación gradual de la nueva institución civil.

 

Desde la discusión de esta reforma, el Congreso de la Unión llevó a cabo un amplio ejercicio de Parlamento Abierto; celebró las mesas sobre “Derechos Humanos y Guardia Nacional”, en la Cámara de Diputados y, de “Constitucionalidad y Convencionalidad” y “Derechos Humanos”, en la Cámara de Senadores.

 

Como resultado de este diálogo y de cara a la reforma constitucional en la materia, se reiteraron las obligaciones del Estado Mexicano de Cumplir con los derechos humanos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como los previstos en los tratados internacionales suscritos por nuestro país; atender los criterios emitidos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, particularmente los precedentes en materia de seguridad pública pronunciados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y, el reconocimiento generalizado a las Fuerzas Armadas por su trabajo, patriotismo, institucionalidad y lealtad a la República y a las instituciones del Estado mexicano.

En consecuencia, con los resultados de estas mesas de trabajo, Movimiento Ciudadano ha sido consistente en su posición de rechazo al Acuerdo para disponer de las Fuerzas Armadas en actividades de seguridad pública, que fue publicado el pasado 11 de mayo.

La controversia interpuesta por la presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, permitirá que la Suprema Corte de Justicia de la Nación analice la constitucionalidad del Acuerdo en las siguientes materias:

  • La suplantación de una facultad que corresponde al Congreso de la Unión, rompiendo con el Pacto Constitucional; 
  • La mutación material de regímenes legislativos cuya regulación y desarrollo forma parte del marco competencial del Congreso;
  • La Posible violación al principio de división de poderes en conexión con el de reserva de ley de fuente convencional y constitucional;
  • Que el acuerdo está indebidamente fundado y viola el principio de división de poderes;
  • El posible uso desbordado por parte del Ejecutivo respecto de la competencia conferida por el artículo Quinto transitorio contenido en la reforma constitucional en materia de Guardia Nacional.

 

Por lo anterior, las y los diputados ciudadanos, respaldamos la Controversia Constitucional presentada por la diputada presidenta de la Mesa Directiva, puesto que no pretende contradecir al Presidente de la República para disponer de las Fuerzas Armadas, sino cuidar su investidura en su carácter de Mando Supremo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, así también, garantizar la protección de los derechos humanos y otorgar mayor certeza jurídica a la participación de la Fuerza Armada en tareas de seguridad pública en forma extraordinaria. La controversia constitucional es un instrumento muy valioso del equilibrio de poderes que puede mejorar sustancialmente la emisión de normas.